Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por la ciudadana María Eleuteria Rojas, contra su cónyuge, ciudadano Ángel Rafael Rojas Campos, ambos anteriormente identificados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, ordinales 2º y 3º.- En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ambos cónyuges en fecha 17 de mayo de 1992, por ante la Prefectura de la Parroquia Pozuelos, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, según se evidencia de Acta de Matrimonio N°. 150, la cual fue acompañada a los autos en copia certificada. Así se decide.-