Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el presente Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano DESIDERO GOMEZ MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.287.936, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR, de la ciudad de Barcelona, estado Anzoátegui.