Se dictó Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva declarando, PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación incoado en el presente caso por el co-apoderado judicial de la parte demandante abogado RODOLFO GUTIERREZ OLAVE, en contra del auto dictado por el a quo en fecha 26 de junio del año 2008, SEGUNDO: se REVOCA la decisión apelada, TERCERO: Se declara INADMISIBLE la presente demanda, y CUARTO: Se CONDENA en las costas del Recurso a la parte apelante perdidosa