Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión procesal de Divorcio que hubiere incoado la ciudadana EMMARIS CAROLINA GUILARTE AGUILAR, venezolana, mayor de edad, Administradora, domiciliada en la Ciudad de Puerto La Cruz del Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad Nº 16.479.511, asistida por el abogado CASTO JOSÉ BELLO, abogado en ejercicio, domiciliado en de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad Nº V-2.658.975 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.329, contra el ciudadano STALIN LAREZ ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Ciudad de Puerto La Cruz del Estado Anzoátegui y titular de la cedula de identidad Nº 16.182.749, con fundamento en la Causal Segunda del Artículo.....