Con base a los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede Constitucional, ante el señalado abandono y al no evidenciar en el caso bajo estudio elementos que puedan afectar el orden e interés público, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, POR ABANDONO DEL TRÁMITE, en la presente ACCIÓN DE AMPARO SOBRE DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES y sus anexos, presentada por la ciudadana YEANETH MARIA NARVAEZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-8.002.719, en su carácter de Defensora Pública Provisoria Primera con competencia en materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho de la Vivienda, designada según Resolución Nº DDPG-2012-048 de fecha 15 d.....