El Tribunal visto lo expuesto por las partes y siendo que el convenimiento presentado por ellos no es contrario a los intereses del adolescente: (se omites sus nombres de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), le IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se acuerda expedir por Secretaría copias certificadas de la presente acta y Oficiar al Banco Bicentenario, Agencia Aragua de Barcelona para la apertura de la mencionada cuenta de Ahorros.