Se acuerda Apertura el presente proceso a Juicio Oral y Público, en contra del acusado LUIS EDGARDO MARIN PEDRIQUE por la comisión del delito de EVASION FAVORECIDA POR FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 265 del Código Penal, en perjuicio DEL ESTADO VENEZOLANO.,- Se ordena a la Secretaria, a remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio respectivo en el lapso legal correspondiente. Se insta a las partes a concurrir al Tribunal de Juicio dentro de los cinco (05) días siguientes. Así mismo se insta a la secretaria a los fines de remitir las actuaciones al tribunal de juicio competente. Se deja constancia que en la presente Audiencia Preliminar se dio Cumplimiento a los Principios Generales del Proceso contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal, referidos a la Oralidad, Concentración e Inmediación. Cúmplase lo ordenado.-