Y por cuanto, de las actas procesales que conforman el cuaderno principal correspondiente al asunto BH14-L-2003-000034, consta que la causa fue reanudada en esta misma fecha previa la notificación de las partes, lo cual se hizo solo respecto del avocamiento hecho por el Juez que conoce del presente juicio, no así de la Sentencia Definitiva a la cual se ha hecho referencia anteriormente. Por esto, resulta indefectible, que no habiéndose notificado a las partes del fallo, mal podría haberse iniciado el lapso de apelación contra la misma, y ello hace extemporáneo por anticipado el Recurso de Apelación interpuesto; por cuanto la causa principal no había sido reanudada cuando la parte actora interpuso el Recurso de Apelación. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Juicio, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara la extemporaneidad del Recurso de apelación propuesto. Es todo.