Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del penado HORACIO JOSE ZURITA, antes identificado, El BENEFICIO DE CONFINAMIENTO en la siguiente dirección, calle Bolívar, Casa s/n, Barrio Monte Verde, El Tigrito, Estado Anzoátegui, donde deberá presentarse por ante la Prefectura del respectivo Municipio, en forma mensual hasta el día 23/04/2008, conforme a lo establecido en los artículos 13, y 52 del Código Penal.
Déjese copia, notifíquese. Trasládese el día Diecinueve (19) de Febrero de 2.008, a las nueve (9:00) de la mañana, a objeto de ser notificado de la presente decisión. Líbrense oficio al Registrador Civil de la Ciudad del Tigrito, Estado Anzoátegui. Al Secretario General de Gobierno de este Estado y al Ministerio del Interior y Justicia, Dirección de Custodia.....