Por todos lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Juicio N° 01 y constituido como Tribunal Unipersonal Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Declara SIN LUGAR la Acción de Amparo Constitucional intentada por el Abogado REINALDO MARCANO, Titular de la Cédula de Identidad N° 10.287.639, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.186, actuando en su condición de Defensor de Confianza del imputado FELIX ANTONIO VILLALBA, propuesto en primer término, en contra del auto dictado en fecha 17/02/2006 por la presunta agraviante Abg. YULIMAR AMARICUA en su condición de Fiscal Auxiliar Comisionada Cuadragésima Segunda a Nivel Nacional con Competencia Plena del Ministerio Público en el cual se niega la evacuación de las pruebas solicitadas por el accionante y en segundo termino la negativa de la practica de diligencias de esa .....