En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa por DIVORCIO, intentada por la ciudadana ARELIS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.216.714, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JESUS RAMON TORRES SANTANA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 103.822, en contra del Ciudadano LEONARDO BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.987.528, con fundamento en la disposición legal antes citada y se ordena devolver los originales consignados en la misma. Así se decide. En Barcelona a los Dieciocho (18) días del mes de Abril de Dos Mil Doce (2.012). Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.