Por todo ello, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, en uso de sus atribuciones legales y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los Artículos 125 y 128 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA),ACUERDA: PRIMERO: OTORGAR DE MANERA PROVISIONAL LA COLOCACION FAMILIAR, del niño: GRABIEL DAVID RODRIGUEZ POLL, de nueve (09) años de edad actualmente y nacido en fecha 10/02/2015; a la ciudadana MARY LUS DEL VALLE MEDINA DE RIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.339.276, domiciliada en: Calle Comercio, Terraza 6, Casa #1, Pozuelo, Puerto La Cruz, estado Anzoátegui, hasta tanto este Tribunal decida lo conducente, a quien además se le otorga la Responsabilidad de Crianza del niño de manera .....