este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. En consecuencia, se declara terminado el proceso de calificación de despido, y el tribunal se abstiene de archivar el expediente hasta que conste el reenganche del trabajador y el cumplimiento de los salarios caídos.