En virtud de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Jucio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda por cobro de indemnizaciones provenientes de enfermedad profesional y otros conceptos laborales, incoada por el ciudadano LUIS CEDEÑO, en contra de la empresa PRIDE INTERNATIONAL, C.A.