DECISIÓN
Con fundamento a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA INTERPUESTA POR CARMEN ELOINA DE LEON, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 2.800.467 y de este domicilio, a través de su apoderado judicial el Abogado EFRAIN ANTONIO ACOSTA GUZMAN, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 15.980, contra el ciudadano CARLOS ALBERTO HERNANDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.020.024 y domiciliada en la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui. En consecuencia se condena al ciudadano CARLOS ALBERTO HERNANDO, antes identificada a: Primero: entregar el inmueble arrendado en perfecto estado de mantenimiento y conservación y solvente de los servic.....