En tal sentido, por los argumentos precedentemente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR la Demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y demás Conceptos Laborales incoara los ciudadanos ALVARO LUIS LA ROSA, ODILIO RAMON ROMERO, ANGEL RAFAEL LEONETT y ROBERTO RONDON con la Alcaldía del Municipio Autónomo Anaco del Estado Anzoátegui. No hay condenatoria en costas procesales de conformidad a lo establecido en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena la notificación de la presente decisión a la Alcaldía del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui y al Sindico Procurador Municipal. Asimismo, se ordena la remisión de la presente decisión al Juzgado Superior del Trabajo, a los fines de la consulta de Ley. Líbrense los oficios correspondientes.
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