Por las anteriores consideraciones de hecho y de derecho, este tribunal administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda que por HECHO ILÍCITO interpusiera el ciudadano EDUARDO KNIGHTS HAWRY contra el ciudadano JESÚS ALFREDO ARISTIMUÑO, y así se decide.-
Notifíquese a las partes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los dieciocho días del mes de Noviembre del dos mil cuatro. Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
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