En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui-sede Barcelona, de todo lo antes expuesto por las partes acuerda; PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la Solicitud de AUTORIZACION DE VIAJE AL EXTERIOR, presentada por la ciudadana, YENIREE DEL VALLE TUAREZ PEDRIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.839.339, Pasaporte venezolano No. 179917055, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio JEYSODELVA FLORES, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 109.123, en donde se encuentro involucrado su hija la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , actualmente de nueve (09) años de edad, nacida en fecha 14/10/2015, Pasaporte venezo.....