Se decreta con lugar la solicitud de sobreseimiento planteada por el representante de la fiscalía 16º del Ministerio publico a favor del ciudadano JESUS ENRIQUE AGUANA BOTOCHE, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 del la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ADOLESCENTE M.J.C.R (IDENTIDAD OMITIDA), toda vez que se desprende la revisión de las actas y de la totalidad del expediente que no existen fundados elementos de convicción para solicitar el enjuiciamiento del referido, por lo que es procedente y ajustado a Derecho decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad a lo establecido en el articulo 300 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal no condena en costas al acusado, por cuanto el mismo se acogió a la medida alternativa de prosecución del proceso; evitándose con ello la erogación de gastos al Estado Venezolano, ante la no celebración de un .....