declaro IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo interpuesta por el ciudadano JHONNY ALEXANDER ZAMBRANO PEREZ titular de la cédula de identidad Nº 17.373.626, asistido por el Abogado MIGUEL FELIPE MOLINA YEPEZ titular de la cédula de identidad Nº 8.632.912, en contra del Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, donde alega que la decisión de fecha 13 de octubre de 2014 que ordena declinar la competencia de la causa BP01-P-2014-14645, al Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, sin resolver sobre los supuestos delitos de resistencia a la autoridad y usurpación de identidad, presuntamente viola los derechos y garantías Constitucionales relacionados con el derecho a la libertad, derecho a acceso a los órganos de justicia, derecho al debido proceso y a ser juzgado por sus jueces naturales, establecidos en los artículos 44 numeral 1º, 26, 257 y 49 de la Constitución de la República Boliv.....