En consecuencia, este Tribunal de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA POR INCUMPLIMIENTO LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, decretadas por el Tribunal Quinto de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, en fecha 05 de Junio del año 2003, de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que se ACUERDA EXPEDIR ORDEN DE CAPTURA AL ACUSADO RUBEN JOSE HERNANDEZ MARQUEZ, venezolano, INDOCUMENTADO, de estado Civil soltero, de profesión u oficio Vendedor, natural de Caracas , Distrito Capital, hijo de Dorys Josefina Hernández (v) y Pedro José Hernández (V) , residenciado en: las delicias, calle san ramón , casa s/n, puerto la cruz, estado Anzoátegui.
SEGUNDO: Se Decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra de al acusado RUBEN JOSE HERNANDEZ MARQUEZ, de conformidad con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico .....