Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control N° 1 Sección de Adolescente Del Circuito judicial del Estado Anzoátegui administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el petitorio de la Ciudadana NANCY CAROLINA CORRALES, Representante Legal del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA); en consecuencia ACUERDA LA SUSTITUCIÓN de las medidas cautelares sustitutivas inicialmente impuestas al prenombrado adolescente por la obligación de presentarse por ante un tribunal de Control especializado del Estado Aragua cada QUINCE (15) DIAS y prohibición de ausentarse de la Jurisdicción del Estado Aragua sin autorización del Tribunal, se comisiona suficientemente a un tribunal de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal Del Estado Aragua, a los fines de que coopere en la vigilancia y seguimiento de las medidas cautelares sustitutivas impuestas y participe al.....