Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez Suplente Especial,
Dr. JOSE JESUS RAMIREZ. La Secretaria Acc,
Abg. LIRIO AGUILARTE