Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de hecho, interpuesto el 08 de diciembre de 2015, por el abogado de la parte demandante, Jorge Acosta Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 88.258, contra auto de fecha 04 de diciembre de 2015, en la cual Negó apelación interpuesta por su persona.-