Este Tribunal Sexto de Municipio, mediante auto de fecha 09-01-2018, instó a los solicitantes a indicar lo señalado por la representación fiscal, para lo cual se le otorgó un lapso de cinco (05) días de despachos siguiente al presente auto.
Ahora bien, habiendo transcurrido hasta el día de hoy el lapso antes indicado, sin que conste en autos lo requerido, éste Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente solicitud.-