Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES que conforman el presente Asunto Principal, así como el DECRETA EL CESE DE LA S MEDIDAS del ciudadano LEIDER JOSE CAMACHO OROCOPEY, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 18.510.617, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 18/09/1987 de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Operador de Ventas, hijo de LUIS ABIGAIL CAMACHO y de LIBIA OROCOPEY y residenciado en calle 18 de Diciembre Nº 07, sector las Charas, Puerto la Cruz Anzoátegui ; de la misma manera se acuerda el Cese de las Medidas Cautelares Sustitutivas que le fueran impuestas en fecha 05 de Febrero de 2008, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Líb.....