Este Juzgador declararse incompetente en razón del territorio para conocer de la presente ROGATORIA, en consecuencia DECLINA el conocimiento de la causa, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, a quien se ordena remitir el presente expediente junto con oficio a los fines de ley.- Así se declara.