Con vista a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente Solicitud de Inserción de Acta de Matrimonio, propuesta por la ciudadana FELICIA ANTONIA RIVERO DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 1.199.942 y domiciliada en Barcelona, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Abogada ESMIRNA GARCÍA BALBOA, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 91.834; cuyos padres, FRANCISCA LUCÍA DELGADO y LUÍS BELTRÁN RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nros. 1.199.942 y 459.219, respectivamente, y domiciliados en Barcelona, Estado Anzoátegui, como quedó demostrado, contrajeron matrimonio civil en fecha 20 de Mayo de 1.942, por ante l.....