Por los fundamentos expuestos, esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, convenida entre los cónyuges ALEXANDER JOSE HURTADO Y JESSICA ALEJANDRA ORTIZ MALAVE, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nros. V-14.190.652 y V- 17.733.615, respectivamente, debidamente asistidos por la abogado en ejercicio ISBERT MERCEDES CARRASQUEL MOY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 137.916 y en consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, según se evidencia en el acta de matrimonio civil Nº 121, de fecha 22/02/2012, acompañada en autos.
Y en aplicación a lo establecido en el articulo 351 de la Ley Orgáni.....