Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra el acto administrativo de efectos particulares, contentivo de la certificación de origen médico ocupacional signado bajo el N º CMO-00128-16 dictada en fecha 20 de septiembre de 2016, en la que se certifica que el ciudadano RAFAEL ARTURO PEREZ FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 19.786.979, de 27 años de edad, sufre de "Discopatía Lumbar dada por Hernia Discal en el segmento L5-S1 (COD CIE10:M51.8) que le ocasiona una discapacidad parcial permanente, según el artículo 78 y 80 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y medio Ambiente de Trabajo – LOPCYMAT- determinándose por aplicación del Baremo nacional para la Asignación de Porcenta.....