Por las razones expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida HECTOR DE JESUS LANDAETA MARPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.216.367, residenciado en el barrio lindo, calle principal, casa Nº 20, Estado Anzoátegui, Y BERNADINA DEL CARMEN SIFONTES MENDOZA venezolano, mayor de edad, indocumentado, (sin dirección fija), por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONAS LEVES, de conformidad con lo establecido en el artículo 418 del Código Penal Reformado, en perjuicio del ciudadano (a) JAIMES SIFONTES JOSE EDUARDO. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 ordinal 3º y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal ,en concordancia con los Artículos 108 Ord. 6° del Código Penal Derogado en relación con el artículo 553 del Có.....