Ahora bien, para el decreto de una medida cautelar, es necesario establecer el monto de la obligación, pues, la base del aseguramiento de la eficacia del fallo, debe ser que la deuda sea liquida, cierta, exigible y de plazo vencido, elementos que no concurren en el cobro de Honorarios Profesionales, por cuanto los mismos, como bien se indico supra, están sujetos a retasa, es decir: estos solo se hacen exigibles y líquidos, una vez establecido por la sentencia de retasa el monto a cobrar; Así se decide.-
En atención a lo todo lo antes expuesto, este Tribunal NIEGA la medida de embargo preventiva solicitada. Así también se decide.-