Este Tribunal Superior, conforme a lo establecido en el artículo 88 ejusdem, declara CON LUGAR la inhibición planteada por estar fundamentada en causal legal.
En consecuencia, remítase el presente cuaderno separado de inhibición , al Tribunal de origen, a los fines legales consiguientes.
Así lo decide este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
El Juez Superior Temp.,
Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
Mediante oficio Nº. 0410- 529, y constante de seis (06) folios útiles, se hace la remisión ordenada. Conste.
La secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez