Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Juicio actuando como Tribunal Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui ¿ Sede Barcelona, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CULPABLE al acusado JOHANDER JOSE SUAREZ OROPEZA venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº 14.482.805, natural de Barquisimeto, Estado Lara, donde nació en fecha 16-04-1981, de 27 años de edad, de estado civil soltero, sin profesión definida, hijo de los ciudadanos Migdalia Josefina Oropeza y Alberto Suárez residenciado en la Calle Batallón Calle 07 por la Intercomunal de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el Artículo 458 en relación con el Articulo 84 Ordinal 3º del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano OSWALDO JOSE ORTEGA OROPEZA, a cumplir la pena de de CU.....