Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Función de Juicio Nº 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: De conformidad con el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, se DECLARA CON LUGAR, la solicitud de PRORROGA de la Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad, interpuesta por los Fiscales Dres: Samuel Acuña Lara, Guillermo Moreno, Juan Rodolfo Martínez Casanova y Karina López Suárez, Fiscales Sexagésimo Primero y Fiscal auxiliar Sexagésimo Primero a nivel nacional con competencia plena y Fiscal Tercero y Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, en la causa seguida en contra de las acusadas JALOUSSIE FONDACCI DE GAMARRA, Titular de la Cedula de identidad V- 8.930.540 y SOLANGE DEL VALLE ALVAREZ DE RENDON Titular de la Cedula de identidad V- 4.582.913, por la presunta comi.....