esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Se Declara con Lugar la Solicitud de por la ciudadana ZORAIDA JOSEFINA BENITEZ DE AMPARAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº V-8.796.234, actuando en su representación y la de los ciudadanos: LUIS ARTURO AMPARAN AGUILERA, LUIS RAFAEL DARIO AMPARAN BENITEZ, ERNESTO LUIS AMPARAN PARRA, EMILIA JOSE AMPARAN ANATO, PAOLA SOFIA DE LA ROSA AMPARAN PARRA Y ...., venezolanos, de los cuales los primeros cinco son mayores de edad, a excepción de el ultimo de los nombrados que es adolescente, titulares de la cedula de identidad Nos. V-15.564.005, V-18.144.081, V-19.156.007, V-19.775.635, V-19.156.008, y .... respectivamente. SEGUNDO: Se declara como ÚNICOS Y UNI.....