DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, Corte Superior Sección de Adolescentes de la Región Oriental Sala Especial Accidental del Circuito Judicial Penal de los Estados Anzoátegui y Monagas, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Carmen Iraida Rondón, en su carácter de Defensora Pública Vigésima Quinta Especializada, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación del joven adulto cuya identidad se omite conforme a lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de este Estado, en fecha 20 de Junio de 2.006, En consecuencia se CONFIRMA la decisión .....