Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA ORDEN DE CAPTURA POR INCUMPLIMIENTO en contra del Imputado: YONNY ALEXANDER GONZALEZ RIVAS, identificado anteriormente, Y LA SUSPENSIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 262 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 453 del Código Penal, en concordancia con el artículo 77 ordinal 16 ejusdem. Líbrense los oficios correspondientes a los órganos policiales y de seguridad del Estado, participándole de la presente decisión. Cúmplase.