Se dictó Sentencia Interlocutoria declarando SIN LUGAR el Recurso de apelación incoado por la parte demandada en fecha 26 de mayo de 2008 contra los autos de fecha 28 de abril del año 2008 dictados por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, y en consecuencia de ello se declaró SIN LUGAR, la cuestión previa opuesta por la parte demandada establecida en el ordinal 8º del artículo346 del C.P.C., SIN LUGAR la oposición formulada en el presente juicio, se confirmaron las decisiones apeladas antes precisadas y se condenò en las costas del Recurso a la parte apelante perdidosa.