Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, SEDE EL TIGRE administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN A LA MEDIDA DE EMBARGO decretada por este Tribunal en fecha 24 de Mayo de 2011, cuya práctica fuere llevada a efecto por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, interpuesta por el ciudadano ALFREDO JOSE BUENO AZUAJE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.078.853, en su carácter de tercero opositor. SEGUNDO: SE RATIFICA EL EMBARGO DECRETADO sobre el bien mueble ejecutado constituido por un (1) vehículo de las siguientes características: MARCA: FORD, MODELO: CARGO, AÑO: .....