En virtud de las razones expuestas anteriormente este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO PROCESAL DEL PRESENTE RECURSO DE APELACION , interpuesto por la ciudadana ISOBEL RON, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 29.548 y con domicilio en la ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadanos JOSE RAMON VASQUEZ ARRIOJA, HECTOR JOSE YANEZ, MILKO SALOMON ZAMORA Y MANUEL RAFAEL REINALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad N° V-10.943.502, V-8.974.931, V-11.819.900 y V-9.272.078, contra la Sentencia interlocutoria dictada por Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, de.....