Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui en función de Ejecución Nº 01, Administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme a lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 471, en relación con lo dispuesto en los artículos 473 y 474, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se ejecuta la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 06 de octubre de 2.016, por el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual condenó al penado ROBERT JOSE RAMOS ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nº V-19.214.905, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL CON PEN.....