"...Seguidamente interviene la ciudadana YURBI ISABEL YEPEZ, ya identificada y manifiesta a este Juzgado que el Sr. Freddy Maita no vive aquí. El propietario de este inmueble es el Sr. Luis Carmona, tal como se evidencia de recibo de condominio que exhibo en este acto. Es todo". Acto seguido, interviene el abogado actor, y expone: "Como quiera que el inmueble en el cual nos encontramos constituidos no le pertenece a la parte demandada, pido al Tribunal se abstenga de practicar la Medida acordada, reservándome la posibilidad de señalar posteriormente otro lugar en el cual constituirse para practicar la misma. Es todo". Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas, en virtud de las exposiciones hecha por la notificada, así como la solicitud del apoderado actor, se abstiene de practicar la presente medida y ordena el regreso a su sede natural..."