DECISIÓN
En mérito de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara la ciudadana NORYS RODRÍGUEZ contra la sociedad mercantil CLÍNICA DEBORAH EIZAGA DE ROMERO, C.A., ambas plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: Se ordena a la empresa accionada cancelar a la demandante la suma de Bs. 1.585.095,76.
TERCERO: Se ordena la corrección monetaria de la cantidad condenada a pagar según el particular anterior y que corresponde a la actora, para lo cual se tomará en cuenta el Índice Inflacionario establecido por el Banco Central de Venezuela acaecido en el país, correspondiente al lapso comprendido entre el día 4 de octubre de 2.001, fecha de admisión de la demanda, ha.....