En consecuencia, vistos los fundamentos de hecho y de derecho, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, al ACUSADO JESUS SALVADOR RUIZ por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, ley que estaba vigente para el momento de los hechos, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIA DE LOS SANTOS RAMOS, conforme a lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado al presente caso por disposición expresa del articulo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de acuerdo con el artículo 26 Constitucional y el artículo 104 del Código Orgánico Procesal Penal, los cuales prevén la.....