Con base a las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
Primero: CON LUGAR la Inhibición propuesta por el abogado ALFREDO JOSE PEÑA, Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; contra el abogado ALEJANDRO JOSE MATA.-
Segundo: SE ORDENA remitir el expediente al Juzgado de la causa.-
Regístrese, publíquese y bájese a su Tribunal de origen.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial.- En Barcelona, a los diecinueve (19) días del mes de Diciembre de Dos mil Once.- (2011).- Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-