IV
DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada entidad de trabajo CERVECERÍA POLAR C.A., a través de sus apoderados judiciales Abogado en ejercicio GUSTAVO PATIÑO, ELISABETTA PASTA y SIDNIOLI RONDON en contra de la decisión dictada en fecha 11 de Octubre del 2022 y publicada en fecha 14 de octubre del referido acto emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona 2) se ANULA la decisión recurrida, en los términos antes esgrimidos, y 3) se DECLARA SIN LUGAR la pretensión que incoare el ciudadano PETER MATIAS ACKERMAN en contra de la entidad de trabajo CERVECERÍA POLAR C.A.
No se condena en costas al actor conf.....