Sobre la base de los razonamientos expuestos, y de la norma contenida en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara inadmisible la acción autónoma de amparo propuesta. Déjese copia certificada.