Por cuanto la Defensa solicitó; EL Recurso de Revocación respecto a la imposición de las Medidas de Protección ratificadas e impuestas en fecha 11/02/2014 y que corre inserta a los folios 43 al 50 de la Pieza II, este Tribunal declaró el mismo Inadmisible por cuanto las Medidas de Protección fueron impuestas en otra oportunidad y no en la oportunidad de la Audiencia Preliminar y por considerar que las Medidas de Protección y Seguridad establecidas en el artículo 87 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, deben imponerse inmediatamente, siendo estas de aplicación preferente de conformidad con lo establecido en los artículos 89 y siguientes de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
QUINTO: Se impone la Medida Cautelar, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal a solicitud del Ministerio Público la cual consiste en presentación por ante la ofic.....