SE ACORDO LA CESACION POR CUMPLIMIENTO de la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el plazo de UN (01) AÑO, impuesta al ciudadano A.A.F.B., por el Juzgado de Municipio San José de Guanipa en funciones de Control de Responsabilidad Penal Sección Adolescentes, por la comisión del delito HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORES, previsto en el articulo 453 numerales 4, 6 y 9 en relación con el articulo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana BLANCA EDDY RAMIREZ; Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 645, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.